¿Cómo iniciar negocios dentro del Servicio de Impuestos Internos (SII)?

El proceso para realizar lo que se llama «inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII)» es fundamental para la creación de cualquier negocio o empresa en Chile.

Este paso marca el inicio oficial de las operaciones comerciales y fiscales de su empresa.

Acá, te proporcionaremos una guía paso a paso de lo que necesita saber para realizar este procedimiento de manera efectiva.

¿Cuándo comienzan las actividades?

En definitiva, el inicio de operaciones es una declaración jurada que se presenta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Esta declaración establece que ha iniciado operaciones comerciales o trabajos que pueden generar ingresos sujetos a impuestos.

Estas actividades pueden clasificarse en la primera o segunda categoría de la ley de ingresos.

Cuando inicias tu negocio, el SII recopila información clave sobre tu negocio, lo que ayuda a categorizarlo y aplicar la legislación tributaria correspondiente.

Además, esta información le permite registrar su negocio en la modalidad económica declarada, lo que podrá generar beneficios fiscales, si corresponde.

¿Quién debería iniciar actividades?

Este trámite puede ser realizado tanto por personas naturales como jurídicas, así como por entidades con o sin personalidad jurídica que desarrollen actividades profesionales o comerciales en territorio chileno.

La actividad realizada debe estar sujeta al impuesto en una u otra de las dos categorías que establece la ley de la renta.

Documentos necesarios antes de iniciar el proceso

Para iniciar el trámite de actividades en el SII vía Internet, es necesario contar con los siguientes documentos, dependiendo del tipo de contribuyente:

  • Clave de autenticación ante el SII, ya sea personalmente o como representante legal.
  • Documento que acredite el uso del domicilio fiscal.
  • En el caso de empresas, es necesario haber obtenido previamente el RUT de la empresa.
  • Selección del código de actividad y determinar si está sujeta al IVA.
  • Gestión comercial y papel municipal.
  • Correo electrónico y teléfono de contacto.

¿Cuándo se debe presentar el inicio de actividades?

Según la ley de renta, el contribuyente, ya sea persona física o jurídica, debe presentar la declaración de inicio de actividad dentro de los dos meses siguientes al inicio del ejercicio.

Por ejemplo, si inicias tu actividad el 3 de octubre de un año determinado, deberás presentar el expediente antes de que finalice diciembre del mismo año.

Pasos para iniciar actividades

  1. Ingresa a la página del Servicio de Impuestos Internos (SII) en www.sii.cl y selecciona “INGRESAR A MI SII” en el cuadro naranja.
  2. Seleccione la opción “RUT e Inicio de Actividades” en Servicios en Línea.
  3. En la pantalla de inicio de Actividades, haga clic en «Iniciar actividades».
  4. Ingrese a la empresa RUT y continúe.
  5. Complete el glosario descriptivo de la actividad y seleccione el código de actividad económica.
  6. Complete la información de la dirección fiscal.
  7. Solicite el código de verificación por correo electrónico.
  8. Revise el resumen de datos y confirme.
  9. Adjuntar documentos que acrediten el domicilio fiscal.
  10. Recibirá constancia de la declaración jurada de inicio de actividades.

Has completado el proceso de inicio de actividades dentro del SII. Recuerda que luego de este paso, es crucial seleccionar un régimen tributario con la asesoría de un contador, ya que esto determinará cómo pagarás tus impuestos.

Códigos de actividad económica

Para obtener la autorización para facturar se deberá acreditar cada actividad económica seleccionada. Se acredita a través de los siguientes documentos: facturas de compra, órdenes de compra, cotizaciones, presupuestos.

Algunos de los códigos más utilizados para utilizar Oficina Virtual son:

  • 620900: Otras actividades informáticas y de servicios informáticos (Este código es G, es decir, puede estar sujeto o no al IVA).
  • 439000: Otras actividades especializadas de construcción. (Este código es Afecto a Iva)
  • 479909: Otras actividades de venta al por menor NO realizadas en tiendas, puestos de venta o mercados. (Este código está sujeto al IVA).
  • 900009: Otras actividades creativas, artísticas y de entretenimiento NCP (Este código es G, lo que significa que puede estar sujeto o no al IVA).
  • 562100: Comidas proporcionadas a pedido, Servicios de panadería. (Este código está sujeto al IVA).
  • 741400: Actividades de consultoría de gestión. (Este código es G, por lo que puede estar sujeto o no al IVA).
  • 479100: Venta al por menor por correo, internet y teléfono. (Este código es Afecto a IV.

Deja un comentario