2 alternativas si apareces como inhabilitado o no hay cita dentro del plazo necesario en el servicio de registro civil e identificacion

Luego de obtener el Sello Electrónico o haber obtenido la Residencia Definitiva al recibir la resolución de aprobación, la nueva normativa requiere que se solicite cita para la cédula de identidad chilena dentro de los 30 días siguientes a su obtención.

 

Pese a esto, suele haber retrasos en la transferencia de información de la SERMIG al Servicio de Estado Civil e Identificación (SRCeI), por lo que puede suceder que Apareces como discapacitado en el sistema de consulta de este último servicio.

Esto incluso si cuentas con el Sello Electrónico o la resolución de Residencia Permanente aprobada, Por lo tanto, podrá no presentarse autorizado dentro del plazo o la solicitud de cita en www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea/agendar-hora-cedula-identidad podrá demorar más siempre que ello.

Lo mismo ocurre en el caso de aquellos que aparecen activados en el sistema pero que Debido a la gran demanda de citas en su municipio o región, no pueden encontrar citas en el plazo necesario.

Considerando esto, proponemos 2 alternativas si el plazo para solicitar tu cita está por vencer:

  1. En el primer caso, podrá contactar directamente con la oficina central del SRCeI. más cercano y explicar la situación con todo el contexto de su solicitud (documento de identidad, sello electrónico o resolución de residencia definitiva y oficio ordinario n° 40626) explicar la situación en la que se encuentra ya que desea obtener la cédula de identidad chilena de acuerdo con lo que establece la ley y así no recibir la multa de ½ a 2 unidades tributarias mensuales (UTM).
  2. En el segundo caso podrá hacer lo anterior, adjuntando además comprobante de que no existen citas en el sector donde reside o Puedes pedir cita en otro municipio o comarca, ya que puedes solicitar que te expidan el documento de identidad en la oficina más cercana a tu domicilio.

No olvides asistir a tu cita con:
-Fotocopia del pasaporte.
-Pasaporte o cédula de identidad chilena antigua.
-Resolución de residencia concedida.
-La cotización impresa.

Fuentes:
–Ley de Extranjería 21.325

–Oficio ordinario N° 40626

Recuerda eso regularizar su estatus migratorio promocionará su integración y calidad de vida en el pais.»

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